Relacionado con el derecho de uso, específicamente encontramos en Cataluña un sistema de alojamiento alternativo. La masovería es un antiguo sistema de vivienda según el cual, el propietario de una finca otorgaba el derecho a vivir en su propiedad a una persona o familia a cambio de trabajar las tierras y cederle un porcentaje de la cosecha y/o del ganado. A veces, propietario y masover vivían en la misma finca, pero en casas separadas, otras, el masover vivía en exclusiva con su familia en la finca para garantizar su mantenimiento, además de trabajar sus tierras. En Catalunya se practicó mucho entre los siglos X- XV.

Ante el estallido de la burbuja inmobiliaria y el impacto de sus consecuencias económicas, muchos colectivos sociales han estado buscando formas alternativas, más solidarias y sostenibles de garantizar su derecho a la vivienda. Ahí es donde resurge la masovería urbana.

La idea es que el propietario de un edificio o vivienda desocupada ceda el derecho a vivir en su propiedad a una persona o grupo de personas que, a cambio de no pagar alquiler, se comprometen a reformar y/o mantener la vivienda en buenas condiciones.

En realidad, es un sistema que beneficia a ambas partes: por un lado, permite que personas sin recursos encuentren alternativas a la vivienda más allá de la vivienda protegida, que además escasea; por el otro, le brinda la oportunidad al propietario de garantizar que su propiedad recibe un mantenimiento a la vez que contribuye a un fin social.

En Barcelona existen varios casos de masovería Urbana como el proyecto MULA de Can Baró, en el barrio de Horta-Guinardó, donde un grupo de jóvenes quiere rehabilitar un chalet modernista de 1924.

En Sant Cugat el ayuntamiento apoya esta forma alternativa de acceso a la vivienda ofreciendo asesoramiento e información a los interesados que buscan seguridad jurídica, a través de la Oficina de Vivienda.

Lamentablemente, según los colectivos sociales, existe mucha más demanda de masovería urbana que oferta debido a las reticencias de muchos propietarios que lo confunden con el movimiento okupa, cuando no tiene nada que ver, puesto que hay un contrato de por medio.

En Cataluña la masovería está contemplada en la Ley 18/2007, del 28 de diciembre, del derecho a la vivienda y esto debería ofrecer la tranquilidad y garantías suficientes a aquellos propietarios que se lo estén pensando.

En concreto, el art.42.3 dice que desde las instituciones públicas se deben apoyar fórmulas como la masovería urbana para evitar que haya viviendas desocupadas a causa de un mal estado. El art.74, considera la masovería urbana un régimen de vivienda destinado a fines sociales.

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