La celebración del Día Internacional de las Personas con Discapacidad el 3 de diciembre de cada año tiene por objeto ayudar a entender las cuestiones relacionadas con la discapacidad, los derechos de las personas con discapacidad y los beneficios que se derivarían de la integración de estas personas en todos y cada uno de los aspectos de la vida política, social, económica y cultural de sus comunidades.
El Día brinda la oportunidad de promover actividades encaminadas a lograr el objetivo del disfrute pleno e igual de los derechos humanos y la participación en la sociedad de las personas con discapacidad, establecido en el Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapacidad aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1982.
Las personas con discapacidades son a la vez agentes y beneficiarios de los procesos de desarrollo. Su participación es un requisito indispensable para lograr un desarrollo sostenible y equitativo, de ahí la importancia de las ONGs y Asociaciones en la defensa de los derechos y en la lucha por la creació de los recursos y servicios especializados.
En muchas partes del mundo, la incomprensión en el tema de la accesibilidad, como parte integrante del desarrollo, sigue siendo un obstáculo para alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio, así como otros resultados acordados a nivel internacional.
La Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su Protocolo Facultativo fueron aprobados el 13 de diciembre de 2006 en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York, y quedaron abiertos a la firma el 30 de marzo de 2007. Se trata del primer instrumento amplio de derechos humanos del siglo XXI y la primera convención de derechos humanos que se abre a la firma de las organizaciones regionales de integración. Señala un «cambio paradigmático» de las actitudes y enfoques respecto de las personas con discapacidad. La Convención se concibió como un instrumento de derechos humanos con una dimensión explícita de desarrollo social. En ella se adopta una amplia clasificación de las personas con discapacidad y se reafirma que todas las personas con todos los tipos de discapacidad deben poder gozar de todos los derechos humanos y libertades fundamentales. Se aclara y precisa cómo se aplican a las personas con discapacidad todas las categorías de derechos y se indican las esferas en las que es necesario introducir adaptaciones para que las personas con discapacidad puedan ejercer en forma efectiva sus derechos.
Hoy hablamos de diversidad funcional. A muchos nos sorprenderá saber que el término «discapacidad» no está correctamente utilizado cuando lo asociamos a las personas. Las connotaciones negativas que tiene este término, en el sentido de que no se es capaz, ha influido en buscar otra forma de utilizar el lenguaje para referirse a estas cuestiones, máxime cuando en la mayoría de las ocasiones, si una persona no es capaz de hacer algo, de ser independiente y desenvolverse en el día a día, no es tanto culpa suya o de su circunstancia como de las condiciones del entorno. Es muy importante remarcar que el lenguaje influye en el pensamiento y las connotaciones negativas no siempre se consideran y perciben así si es una acción cotidiana y aceptada socialmente. Si se emplean conceptos como minusválido (menos válido) o inválido, disminuido, «estar postrado en una silla de ruedas», loco, ciego,… el concepto conlleva un estigma y por tanto no fomenta la verdadera inclusión social. (Antonio Corbalán Pinar).
Se dice que una persona tiene diversidad funcional cuando tiene diferentes capacidades que otras personas. Su discapacidad, sea de una u otra forma, hace que sus funcionalidades sean distintas a las de otros seres humanos, y a veces requieren unas necesidades especiales para actividades cotidianas (como encender la luz, subir y bajar persianas, escribir en el ordenador, etc.). El término Diversidad Funcional se ajusta a una realidad en la que una persona funciona de manera diferente o diversa de la mayoría de la sociedad y fue propuesto por el Foro de Vida Independiente y Diversidad que lo define como “la diferencia de funcionamiento de una persona al realizar las tareas habituales (desplazarse, leer, agarrar, ir al baño, comunicarse, relacionarse, etc) de manera diferente a la mayoría de la población”. (F.V.I. 2005). Por eso, con éste término no hablamos de discapacidad, de que una determinada persona no es capaz de hacer algo, sino que la función (desplazarse, comunicarse) se realiza de manera diferente. Diferentes maneras de hacer la misma cosa.